The news is by your side.

Aumento del 6% del salario mínimo en Colombia y como afecta el empleo

¿Cuál es el beneficio real del nuevo incremento del salario mínimo en Colombia? ¿Se justifican los daños que generan este tipo de controles de precios?

7

El salario mínimo en Colombia afecta a una minoría poco significativa cuando se la compara al resto de la población. El 60% de las personas laboralmente activas desempeña su trabajo por fuera de lo que legalmente entendemos como «formalidad». Esta realidad hace que todos los incrementos a ese umbral de precios tengan poco efecto al grueso de los trabajadores más necesitados.

Los más vulnerables lo que necesitan son oportunidades y las oportunidades vienen dadas por nuevas empresas que añaden dinamismo al mercado laboral y por las nuevas vacantes que viejas empresas puedan ofrecer gracias a su expansión. Todo esto ocurre de manera natural cuando las presiones tributarias a los negocios son bajas y cuando existe un evidente estado de derecho que le da seguridad jurídica y estabilidad a las empresas para progresar.

Si aumentar el salario mínimo fuera la clave para sacar a las personas de la pobreza Venezuela sería el máximo exponente de desarrollo de Latinoamérica, sin embargo, lo contrario es evidente ya que no se puede decretar la riqueza por orden ejecutiva. Lo que mejor podemos hacer es permitir el crecimiento de los agentes empleadores a través de una desregulación consciente, velar que exista una sana competencia sin carteles y fomentar la entrada de nuevos competidores (internos y externos) al juego.

[irp]

Los salarios de un país no vienen determinados por la bondad de los gobernantes de turno sino más bien por la productividad de los empresarios. Esta realidad puede ser ocultada a la luz de las masas, pero siempre termina siendo percibida por los bolsillos y los estómagos de los ciudadanos. En ese aspecto, la economía básica es como la muerte: no hay escapatoria y a todos nos toca, por las buenas o por las malas, entenderla tarde o temprano.

Hay que entender que los salarios mínimos, así como toda regulación de precios, implica un trato discriminatorio. En el caso colombiano la justificación es la supuesta dignidad de un sueldo “justo”, la cual obliga a la informalidad o al desempleo a todo aquel empleado que por algún motivo (excesiva inexperiencia, diferencia en capacidades, etc.) no sea capaz de aportar a un proceso productivo una suma superior a $980.657 (incluyendo auxilio de transporte) para que sea negocio para el empleador contratarle.

Históricamente ha habido justificaciones más oscuras para establecer este tipo de cepos, como lo fue en 1909 en los Estados Unidos, cuando los sindicalistas blancos hacen que se instaure una ley de salario mínimo en el sector ferroviario con el objeto de desincentivar la contratación de negros. (Friedman señalaba que la ley del salario mínimo era la “ley más anti-negros de toda nuestra legislación”). En Estados Unidos las leyes laborales de la década de los 30 (Ley Davis-Bacon, Ley de Recuperación de la Industria Nacional, Ley e Estándares Laborales Justos) tuvieron un objetivo encubierto: sacar a los negros del mercado laboral. Lamentablemente tuvieron cierto éxito y de ahí las profundas diferencias socioeconómicas entre negros y blancos en América.

Colombia no necesita un incremento del 6, 8 o 15 por ciento del salario mínimo, necesita que los salarios umbral, si van a existir, sean sincerados por región para reducir la informalidad imperante. Colombia no necesita que un político se ponga la camiseta de superhéroe y diga “yo hice esto”, necesitamos que ese político le pase la pelota a la sociedad civil para que nosotros, en libertad y buscando entre todos el mutuo beneficio, podamos hacer los cambios reales que nos lleven en la dirección correcta hacia el desarrollo sostenible de nuestra economía.

Este sitio usa cookies para mejorar tu experiencia. asumimos que las aceptas, pero también puedes leer más al respecto. Aceptar Leer más