Colombia aprueba pena de cadena perpetua para violadores de niños
Iván Duque, presidente de Colombia, sancionó una ley aprobada por el Senado el pasado 15 de junio que eleva el tiempo de sentencia para los violadores y asesinos de niños hasta la cadena perpetua.
Desde su expedición en 1991, la Constitución Política de Colombia prohíbe la pena de cadena perpetua para cualquier crimen, hasta hoy. Después de más de un año de debates, la Ley Gilma Jiménez acabó puesta en vigencia por Iván Duque, instaurando la modalidad de condena. Acabado el cuarto debate, el Senado aprobó la ley con el apoyo de 67 senadores y solo con 14 en contra. El «sí» ganó con un ratio de 4 a 1.
https://twitter.com/IvanDuque/status/1412527667770015749
¿Cuáles cambios nuevos trae esta ley? Pues hace una pequeña modificación al artículo 34 de la Constitución, en su parágrafo tercero, donde quedó prohibida la cadena perpetua. Ahora, bajo tres excepciones (cuando niños, niñas o adolescentes sean víctimas de homicidio doloso, de acceso carnal violento o en incapacidad de resistir) la sanción máxima aplicable, dependiendo del criterio del juez, podrá llegar hasta la cadena perpetua.
Las penas actuales para los crímenes contra menores de edad van de 4 a 8 años en ambos casos (acceso carnal abusivo o físicamente irresistible). No obstante, los homicidios tienen penas más altas (de 13 a 25 años sin agravantes, de 25 a 40 años con agravantes). En cualquiera de los dos casos, la pena máxima para violadores y asesinos de niños se vuelve ilimitada al poder aplicárseles cadena perpetua.
A pesar de ello, la misma ley tiene una limitación porque las condenas se revisan a los 25 años para evaluar la «resociabilización» del agresor. Como forma de compensación, no quedarán libres sin pagar por lo menos 50 años de cárcel. ‘‘No es que por sancionar esta ley se acabaron estas prácticas, tristemente no. Pero hoy quedan advertidos los que pretendan incurrir en estos delitos’’ afirmó Duque en alocución hoy.